En el año 2022 la autoridad fiscal crea un nuevo régimen fiscal Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), quedando eliminado el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF). 

El nuevo régimen aplica para personas físicas y morales, a continuación te mencionamos los puntos más importantes ,si eres persona física y deseas o tributas en RESICO: 

  • Se pueden combinar ingresos de RESICO, con el régimen de sueldos y salarios y de ingresos por intereses, siempre y cuando en su conjunto los ingresos no excedan de 3.5 millones de pesos en el ejercicio.
  • Presentar pagos provisionales a más tardar el día 17 del mes siguiente inmediato al que corresponda el pago y deberán presentar declaración anual. 
  • Deben pagar entre el 1.00% y 2.5 % de impuestos ISR, utilizando como base los ingresos efectivamente cobrados y sin deducción alguna.
  • En caso de facturar a una Persona Moral debes retener el 1.25% de ISR. 
  • En caso de omitir tres o más pagos mensuales en un año calendario, consecutivos o no, o bien, no presentar la declaración anual, dejarás de tributar en RESICO. 
  • En caso de salir del RESICO, no podrás volver a tributar en dicho régimen.

El Régimen Simplificado de Confianza es una simplificación administrativa para que el pago del impuesto sobre la renta (ISR) se realice de forma sencilla, rápida y eficaz. El objetivo de este nuevo esquema es la reducción de las tasas de este impuesto para que las personas que tengan menores ingresos, paguen menos.

No te quedes fuera del RESICO, te recomendamos atender los puntos antes expuestos, recuerda que una vez que dejes de tributar en el citado régimen no podrás volver.