De acuerdo a tu actividad, puedes decidirlo.

Hoy en día, hay varios régimenes fiscales y es importante conocerlos para ver el más acorde contigo, por ejemplo, si trabajas como persona asalariada y comienzas a percibir ingresos adicionales, para el SAT también tienes obligaciones y debes registrar estos cambios. De no avisar ante la autoridad fiscal estos cambios, ésta puede sancionarte de diferentes formas, debido a que no corresponde lo que deduce con sus ingresos.  

Aquí te presentamos la clasificación de los régimenes fiscales: 

Personas físicas

  1. Asalariados: Personas que reciben un sueldo y prestaciones por un trabajo.
  2. Servicios profesionales (honorarios): Personas que prestan servicios de manera independiente a compañías, gobierno u otras personas físicas.
  3. Actividades empresariales: Personas que tiene una empresa con actividades de índole comercial, pesca, agrícola, transporte, de servicios, etc.
  4. Incorporación fiscal: Personas que realizan actividades empresariales, presten servicios, venden bienes u obtienen ingresos por intereses.
  5. Arrendatario: Personas físicas que reciben ingresos por rentar bienes inmuebles.

Personas morales

  1. Régimen general: Personas morales que buscan algún fin de lucro.
  2. Régimen con fines no lucrativos: Entidades que no buscan remuneración económica.

Puedes combinar tu perfil fiscal y deberás comunicarle de esto al SAT. ¿Quieres saber cómo funcionan tus obligaciones fiscales si combinas tu perfil fiscal? Contáctanos y te brindaremos la asesoría que necesitas.