El artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) contempla hasta el momento, una lista de 161 tipos de enfermedades que son consideradas de trabajo o bien, son tomadas en cuenta para que en caso de que tú como trabajador pudieses padecer alguna, se te de incapacidad laboral, el tiempo que los médicos consideren necesario.  

Dicha lista, nunca se había modificado desde que la LFT fue publicada en 1970, hace 52 años.

El pasado mes de abril, La Secretaría de Trabajo y Previsión Social, concluyó y presentó un proyecto para modificar la ley y reestructurar la lista de enfermedades laborales, así como agregar 88 nuevos padecimientos.  

Lo que más llama la atención, es la adhesión de enfermedades como: 

  • El estrés laboral 
  • La Endometriosis (una enfermedad relacionada a la menstruación)  
  • La pérdida del embarazo 
  • Trastornos mentales  
  • Infartos por exposición a químicos,  
  • Se aumentan de 4 a 30 tipos de cáncer, y por supuesto  
  • El COVID-19. 

La titular de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde Luján, comentó que la lista fue hecha a consulta de decenas de médicos especialistas de la UNAM y de otras dependencias, por lo que está segura de que con ella se cubren las necesidades de la población.  

En dichos de la titular, en total se agregarán 88 nuevos padecimientos y se reorganizarán otros más, para hacer una lista más completa, concisa y actualizada, de acuerdo con la época que se está viviendo, especialmente resaltó la inclusión de enfermedades de tipo psicosocial derivadas del estrés laboral, las cuales por muchos años ni siquiera se tomaban en cuenta. 

La idea principal de buscar reformar esta ley es que, las empresas estén consientes de las enfermedades y riesgos que sus trabajadores corren al prestar sus servicios, de esta manera estarán más protegidos y en mejores condiciones que les permitan seguir laborando.