En 2021 te quitarán menos ISR, pero ¿por qué?…

El día de ayer, 11 de enero, se publicó en el diario oficial de la federación el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, que contiene las tablas de ISR para persona físicas:
A. Tarifa aplicable a pagos provisionales
B. Tarifas aplicables a retenciones
C. Tarifa para el cálculo del impuesto correspondiente a los ejercicios 2020 y 2021.
Estas, contienen una disminución por inflación de acuerdo con el artículo 152 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta donde se establece que dichas tablas deberán de ser actualizadas cuando la inflación supere el 10%.
El efecto de ello, es la disminución en el cálculo del pago provisional y anual 2021 de ISR de personas físicas, así como un incremento en la recepción de pago neto en los casos que exista una retención como los asalariados y asimilados a salarios.







